Abuso de Confianza en Inmobiliarias: Qué es y cómo usarlo (Ecuador)

Mano de empresario desviando dinero de maqueta "Proyecto A (Anticipos)" a "Proyecto B (Deudas)" sobre escritorio de vidrio con vista a Quito. Simboliza abuso de confianza inmobiliario en Ecuador.

Indice de contenido

Cuando usted entrega el anticipo para un proyecto inmobiliario en planos o confía el dinero de una venta a un corredor, la sensación de traición al descubrir que los fondos han sido desviados es profunda. Sin embargo, en el análisis legal estratégico, «abuso de confianza» no es solo un sentimiento; es un delito tipificado en la legislación ecuatoriana. Entender esta figura es una herramienta táctica crucial.

Este delito está claramente definido en el Art. 187 del COIP (Código Orgánico Integral Penal). Se configura cuando una persona dispone, para su beneficio personal o de un tercero, de bienes o dinero que le fueron entregados con un fin específico. A diferencia de otros delitos, la víctima entrega el dinero voluntariamente, en virtud de una relación de confianza.

Para el comprador o inversor afectado, dominar este concepto ofrece un doble filo estratégico: puede ser la base para una denuncia penal que genere presión inmediata, o puede usarse como la prueba clave de «mala fe» para maximizar la indemnización en un juicio civil.

¿Qué es (y qué NO es) el Abuso de Confianza en Ecuador?

El primer paso en cualquier estrategia de recuperación de capital es un diagnóstico legal preciso. Confundir el abuso de confianza con una estafa o un simple incumplimiento de contrato lleva a acciones legales costosas e ineficaces. La diferencia radica en el dolo (la intención) y el momento en que ocurre.

La Definición Penal (Art. 187 COIP)

Para que la Fiscalía pueda imputar este delito, deben probarse tres elementos concurrentes. El delito no se inicia con engaño, sino con una posesión inicialmente legítima. El promotor o corredor tenía derecho a recibir su dinero.

El crimen ocurre después de esa entrega, cuando el receptor rompe el propósito específico para el cual se le confió el dinero. El Art. 187 del COIP establece que esto sucede mediante tres acciones:

  1. Apropiarse: Actuar como dueño de un bien o dinero que solo estaba bajo su custodia.
  2. Distraer: Este es el elemento más común en el sector inmobiliario. Implica usar los fondos legalmente recibidos para un fin (ej. construir el Proyecto A) y desviarlos a un fin distinto no autorizado (ej. pagar deudas del Proyecto B, gastos personales, o financiar otro proyecto).
  3. Disponer arbitrariamente: Gastar, vender o transferir los fondos sin tener la potestad para hacerlo.

El núcleo del delito es violar esa «obligación de entregar o devolver». En el momento en que un promotor usa el anticipo de su departamento para un fin diferente al pactado en el contrato, cruza la línea de una deuda civil a un presunto acto delictivo.

Diferencias Clave

Elegir la vía legal incorrecta es el error más costoso que puede cometer. Si denuncia por estafa algo que es un incumplimiento civil, su caso será archivado. Si demanda civilmente a un estafador, nunca recuperará su dinero.

No es Estafa (Art. 186 COIP): La estafa requiere un engaño inicial. El delincuente simula hechos falsos o deforma la verdad (ej. «soy dueño de este terreno», cuando no lo es) con el fin de inducir a error a la víctima para que esta le entregue el dinero. El dolo es anterior a la entrega. En el abuso de confianza, el dolo es posterior: la relación y el proyecto son legítimos al inicio, pero el delincuente decide apropiarse del dinero después de recibirlo. Es una figura legal diferente a la estafa o el simple incumplimiento de contrato.

No es Incumplimiento Civil (Código Civil): Este es el escenario más común. El promotor es un mal administrador, se quedó sin flujo de caja, se retrasó por permisos o la pandemia lo afectó, pero su intención no era robar. Él quiere cumplir, pero no puede. En el abuso de confianza, el promotor podía cumplir (tenía su dinero para el Proyecto A), pero no quiso (deliberadamente lo distrajo). Esta «inejecución deliberada» constituye la mala fe o dolo.

Checklist: ¿Cómo se ve el Abuso de Confianza en la Práctica Inmobiliaria?

En el análisis de costo-beneficio, se debe buscar «banderas rojas» (red flags) que demuestren la distracción de fondos. Estos son los escenarios más frecuentes en Ecuador:

  • El Promotor que «Jinetea» Fondos: El promotor recibe los $20.000 de entrada para su departamento en el «Proyecto A», pero utiliza ese dinero para pagar a los obreros del «Proyecto B» o cubrir deudas bancarias de un proyecto anterior.
  • El Corredor Inmobiliario que Retiene Pagos: Usted vende su propiedad. El corredor recibe el pago total del comprador en su cuenta, con la obligación contractual de transferírselo a usted (el vendedor), descontando su comisión. Sin embargo, el corredor «distrae» ese dinero para pagar sus gastos operativos, su arriendo de oficina o deudas personales. Recibió el dinero legítimamente, pero se apropió de él.
  • El Administrador de Propiedad Horizontal: El administrador del condominio o edificio recibe las alícuotas de todos los propietarios. Ese dinero está confiado para un fin específico: mantenimiento, seguridad y pago de servicios. Si el administrador transfiere esos fondos a sus cuentas personales o los usa para fines ajenos al condominio, comete abuso de confianza.

Ejemplo Didáctico: La «Distracción» de Fondos

Imagine que usted entrega $20.000 como anticipo para su departamento en el «Proyecto A». Ese dinero está legalmente «confiado» a la constructora con el único fin de construir el «Proyecto A».

El delito de abuso de confianza ocurre cuando el gerente de la constructora toma esos $20.000 y los usa para pagar deudas de un «Proyecto B» (totalmente diferente) o para comprarse un vehículo personal. No es un error de administración; es una «distracción» deliberada de fondos que le fueron confiados, violando el Art. 187 del COIP.

La Estrategia Legal: Usando el «Abuso de Confianza» a tu Favor

Una vez identificadas las señales, el siguiente paso es definir el objetivo estratégico. ¿Es la recuperación rápida del capital o la maximización de la indemnización a largo plazo? El concepto de abuso de confianza sirve para ambos.

Como Herramienta de Presión Penal

Esta es la estrategia de apalancamiento. Un juicio civil por incumplimiento de contrato es lento, costoso y el promotor puede declararse insolvente. Una denuncia penal por abuso de confianza, en cambio, activa a la Fiscalía y genera un riesgo inmediato y personal para el denunciado.

El delito de abuso de confianza se sanciona con pena privativa de libertad de uno a tres años. El objetivo estratégico no es necesariamente la sentencia, sino la presión que genera la investigación. El riesgo de una formulación de cargos, medidas cautelares (como la prohibición de enajenar bienes) o una posible prisión preventiva, «asfixia» al deudor y lo obliga a buscar una negociación.

La vía penal suele ser el camino más rápido para forzar una reparación integral (la devolución total de lo adeudado). Esto es lo que requiere un análisis estratégico sobre la ruta legal, ya sea civil o penal.

Como Agravante en Juicios Civiles

Este es el plan B, que a menudo se ejecuta en paralelo. La Fiscalía puede desestimar el caso penal argumentando que es «un tema civil». Si esto ocurre, la investigación no fue una pérdida de tiempo.

La evidencia recolectada en la indagación penal (trazabilidad bancaria, correos electrónicos, auditorías) que demuestra la distracción de fondos, se convierte en la prueba de oro en el juicio civil. En el juicio civil por resolución de contrato, el promotor alegará «buena fe» (principio rector del Art. 1562 del Código Civil), culpando a factores externos.

Nosotros usamos esa evidencia para probar «mala fe» (dolo civil), demostrando que el incumplimiento no fue por incapacidad, sino por una «inejecución deliberada».

El beneficio es económico: si el juez determina un incumplimiento de buena fe, podría ordenar solo la devolución del capital. Pero si probamos la mala fe (demostrando el abuso de confianza), el juez está facultado para ordenar la máxima indemnización por daños y perjuicios, cubriendo no solo el capital, sino también intereses, gastos legales y otros perjuicios ocasionados.

Caso de Estudio (Civil): La Victoria Pírrica

Un ejemplo documentado (Juicio No. 02281-2022-00536,Corte Constitucional) ilustra el riesgo de la vía civil: el caso «Taller Tres Constructora Cia. Ltda.» relacionado con el proyecto «MIJARU» de 2011. En 2022, los afectados seguían litigando en cortes constitucionales buscando «reparación integral».

Desenlace Táctico: El problema estratégico es que los documentos judiciales citan a la constructora como «EN LIQUIDACIÓN». Este es el riesgo de la «victoria pírrica»: 11 años después, aunque un juez dé la razón a los afectados, la compañía ya no tiene activos para pagar. Esto demuestra que la vía civil, sin una estrategia para probar dolo o sin medidas cautelares, puede ser ineficaz contra una entidad insolvente.


Análisis de Cierre y Siguiente Paso Estratégico:

El costo de elegir la estrategia legal incorrecta es absoluto. Si usted sospecha que está frente a un incumplimiento, pero tiene evidencia (estados de cuenta, correos, testimonios) de que los fondos que entregó fueron distraídos para otros fines, su situación cambia radicalmente.

El primer paso no es enviar una carta notariada exigiendo la devolución; es realizar un diagnóstico legal-estratégico. Antes de iniciar una acción civil (lenta) o penal (riesgosa si no se fundamenta), es vital analizar la evidencia para determinar la ruta más eficiente hacia la recuperación de su capital. Agende una consulta estratégica para un mapeo de ruta legal basado en la evidencia específica de su caso.

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